IRL,1° de Abril de 1992
TRL, 17 de febrero de 2015
Para el pago de indemnizaciones, la remuneración comprende todo lo que perciba la persona trabajadora en dinero, en servicios o en especies, inclusive lo que reciba por los trabajos extraordinarios y suplementarios, a destajo, comisiones, participación en beneficios o cualquier otra retribución que tenga carácter normal. Se exceptuarán el porcentaje legal de utilidades, los viáticos o subsidios ocasionales y las remuneraciones adicionales. (Art. 95 CT)
ACTA DE FINIQUITO
En la ciudad de El Salitre, a los siete dias del mes de marzo del dos mil quince, ante el suscrito Inspector Provincial del Trabajo del Guayas comparecen Por una parte, el señor Antonio Bejarano Trujillo y en representacion del Banco La Previsora, en su calidad de Presidente Ejecutivo - Gerente General, parte a la cual, para los efectos de la presente Acta de Finiquito, se le podra denominar como el Empleador, y por otra el Señor HUMBERTO FIGUEREDO GARCIA, por sus propios derechos, para la cual, para los efectos de este instrumento, se la podra denominar como el empleado.
Las partes antes mencionadas comparecen con el objeto de dejar constancia escrita de la terminacion del contrato individual de trabajo, al tenor de las declaraciones y mas acuerdos de voluntad que constan en las clausulas que a continuacion se expresan:
PRIMERA: El Señor HUMBERTO FIGUEREDO GARCIA, declara que presto sus servicios licitos y personales para el BANCO LA PREVISORA, en calidad de VICEPRESIDENTE,
desde el primero de abril de mil novecientos noventa y dos, hasta el diecisiete de febrero de dos mil quince, fecha en la cual el empleador por voluntad unilateral, da
por terminado el contrato individual de trabajo, y como consecuencia finalizadas las correspondientes relaciones laborales.
SEGUNDA: Por la prestacion de servicios antes referida el TRABAJADOR venia percibiendo una Ultima remuneracion basica de siete millones de sucres mensuales.
TERCERA: Acto seguido, ambos comparecientes reconocen como fecha de terminacion del respectivo contrato individual de trabajo, y como consecuencia de lo cual, de las respectivas relaciones laborales, el dia dicisiete de febrero de dos mil quince, y al tenor de los prescrito en el Art. 592 del Codigo del Trabajo, ante el infraescrito Inspector Provincial del Trabajo del Guayas, se procede a practicar la siguiente liquidacion pormenorizada:
FONDO DE RESERVA $ ..................................
PROPORCION DECIMO TERCER SUELDO
PERIODO DEL 92 HASTA EL DOS MIL QUINCE ......................................
PROPORCION DECIMO CUARTO SUELDO
PERIODO DEL 92 HASTA EL DOS MIL QUINCE ......................................
PROPORCION DECIMO QUINTO SUELDO
PERIODO DEL 92 HASTA EL DOS MIL QUINCE ......................................
DUELDO 17 DIAS DEL MES DE FEBRERO 2015 ......................................
GTO. REPRESENTACION
17 DIAS MES DE FEBRERO 2015 .......................................
BONO DE RESPONSABILIDAD
17 DIAS MES DE FEBRERO 2015 ......................................
GRATIFICACION
17 DIAS MES DE FEBRERO 2015 .......................................
SUBSIDIO DE ANTIGUEDAD
17 DIAS MES DE FEBRERO 2015 ......................................
COMPONENTE SALARIAL PROCESO
17 DIAS MES DE FEBRERO 2015 ......................................
SUBSIDIO FAMILIAR .....................................
LUNCH .....................................
REELIQUIDACION DE VACACION ......................................
VACACIONES NO GOZADAS .....................................
SUBSIDIO VACACIONAL .....................................
RETENCION DEL 0.8 % ICC .....................................
TOTAL DE HABERES. USD. 32´951, 355
INDENNIZACIONES LEGALES Y CONTRACTUALES
Ultima remuneracion total percibida para el calculo de
indemnizaciones legales y contractuales por aplicacion
del Art. 95 del Codigo del Trabajo. USD. 14´ 281, 043
LEGALES
Indemnizacion del Art. 188 Codigo del Trabajo 128´529, 387
Bonificacion Art. 185 del Codigo del Trabajo 25%
ultima remuneracion mmensual por años de servicios 28´562, 086
CONTRACTUALES
Art. 15 XIII CCT
a) Garantia de estabilidad (1622 dias) 772´128, 392
b) Indemnizacion adicional segun años de servicios 42´843, 129
DESCUENTOS
Comite de empresa 1´944, 126
cafeteria 104, 035
ANTICIPO 36´740, 000
TOTAL DESCUENTOS 38´788, 161
TOTAL DE HABERES E INDEMNIZACIONES
A RECIBIR POR EL EMPLEADO USD. 966´226, 188
CUARTA. La cantidad de novecientos sesenta y seis millones doscientos veintiseis mil ciento ochenta y ocho dolares de los estados unidos de norteamerica, en este acto por el Banco La Previsora al señor HUMBERTO FIGUEREDO GARCIA mediante cheque N° 001412 del Filambanco, girado a la orden del prenombrado trabajador, quien manifiesta recibir conforme la cantidad contenida ene el cheque antes referido.
QUINTA. El trabajador declara quie durante las relaciones laborales mantenidas con BANCO lA PREVISORA, SE LE PAGARON OPORTUNAMENTE TODOS LOS BENEFICIOS LEGALES Y CONTRACTUALES que como trabajador le correspondio percibir de conformidad con la ley, el contrato individual, y la contratacion colectiva de trabajo.
Que Banco La Previsora cumplio con todas y cada una de las obligaciones que tenia frente al IESS y que durante el tiempo en cual laboro en el Banco La Previsora, no hubo enfermedad profesional o accidente de trabajo alguno que le incapacite parcial o totalmente, en forma temporal o permanente para el desempeño de sus labores habituales.
SEXTA: El trabajador declara que acepta en todas sus partes la liquidacion que antecede por encontrarla conforme a derecho....
SEÑOR NOTARIO.-
En el protocolo de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de compra venta de un lote de terreno urbano, de conformidad con las cláusulas siguientes:
PRIMERA.- OTORGANTES: Intervienen en la celebración de este contrato, por una parte los cónyuges señores ZA…………. , y CT………… , a quienes más adelante se los llamará simplemente los vendedores; y, por otra parte los cónyuges señores LL………………………, y, LL…………, a quienes más adelante se los llamará simplemente los compradores. Los comparecientes declaran ser ecuatorianos, mayores de edad y domiciliados en esta ciudad de santo domingo. Provincia Tsáchilas.
SEGUNDA.- ANTECEDENTES: Mediante escritura pública celebrada en la notaría cuarta del cantón santo domingo, el veinte de febrero del dos mil siete, la misma que se encuentra legalmente inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón santo domingo, bajo el número dieciocho , del día veinte y uno y del mismo mes y año, los actuales vendedores adquirieron por compra a los esposos AA……………….. y, AA………………. , según costa en la escritura publica presente un lote de terreno urbano, signado con el número cuatro de la manzana “Z”, de la urbanización Zambrano, perteneciente a la parroquia el ……………, del cantón y provincia de esta ciudad de santo domingo Provincia Tsáchilas en la Republica del Ecuador.
TERCERA.- COMPRAVENTA: Con los antecedentes ya anotados y por medio de este instrumento público de legitima valides, los vendedores esposos ZA…………….. y, CT……………… , dan en venta real y efectiva a favor de los compradores esposos señores LL , y LL, el lote de terreno signado con el número cuarto de la manzana “Z”, de la urbanización Zambrano, perteneciente a la parroquia el …………….., del cantón y provincia de santo domingo, indicado más claramente en la cláusula anterior.
CUARTA.- LINDEROS Y DIMENSIONES: El lote de terreno que se vende, tiene los siguientes linderos y dimensiones: por el NORTE.- Con terrenos del señor DD……., en una extensión de 10 Mt. Por el SUR.- con la calle C, de la urbanización Zambrano, en una extensión de 10 Mt. Por el ORIENTE.- con terrenos del señor FF……………, en una extensión de veinte metros. Por el OCCIDENTE.- Con la calle X, de la urbanización Zambrano, en una extensión de 20 Mt, dando un área total de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS.
QUINTA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio del lote de terreno que se vende, es el de SEIS MIL DÓLARES ESTADO UNIDENCE AMERICANOS, pagaderos de contado. Por su parte los vendedores declaran haber recibido dicha cantidad de manos de los compradores en moneda de curso legal y a su entera satisfacción.
SEXTA.- TRANSFERENCIA: Los vendedores transfieren el dominio del lote de terreno con todas las servidumbres activas y pasivas legalmente constituidas; libre de gravamen, comprometiéndose caso contrario al saneamiento legal en los términos del Art. 1804, del Código Civil.
SÉPTIMA.- ACEPTACIÓN: Los compradores aceptan la venta hecha a su favor en plena satisfacción para su uso.
OCTAVA.- AUTORIZACIÓN: Se agrega el oficio Nro. 99-AJM-27, de fecha 27 de julio del dos mil nueve, documento que contiene la correspondiente autorización municipal para esta compraventa; cuyo texto las partes manifiestan que se entiende incorporado a este contrato.
NOVENA.- FACULTAD: Las partes se facultan mutuamente para solicitar y obtener la respectiva inscripción de esta escritura en la Registraduría de la Propiedad del Cantón Tsáchilas. Hasta aquí la minuta.- Usted señor notario dígnese insertar las demás cláusulas de estilo de este acto para tal efecto.
Para su validez.
Atentamente.
f. Abogado.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
En la ciudad y Canton Salitre de la Provincia Guayas, Republica del Ecuador, a los … días del mes de ------ de dos mil ………., convienen en celebrar el presente Contrato de Arrendamiento, por una parte, en calidad de Arrendador el señor ……………; y, por otra parte en calidad de Arrendatario el señor …………………….. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de ………………….., hábiles y capaces para contratar y obligarse, y suscriben el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El señor …………… declara ser dueño de(la casa, local o departamento ) ubicado en la calle ……. número ……….. de esta ciudad de …………………, Cantón …………., Provincia de ……….., cuyas características son las siguientes: …………………….
SEGUNDA: El señor ……………. en calidad de Arrendador da y entrega en arrendamiento al señor………………… el inmueble señalado en la cláusula anterior.
TERCERA: El Arrendatario señor………………….. declara por el presente instrumento que recibe el …………….. materia del presente contrato a su entera y completa satisfacción y que lo dedicará exclusivamente para ……………………
CUARTA: El canon que libre, voluntariamente y de mutuo acuerdo fijan la partes por el arrendamiento del inmueble materia del presente contrato es la cantidad de ………………………. DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, canon que será cubierto por parte del arrendatario durante los primeros cinco días del mes por adelantado, siendo el único comprobante de pago el recibo emitido por el Arrendador o la notificación de transferencia bancaria que se acreditará en la cuenta ……… N° ……….. del Banco …………, cuyo titular de la cuenta es el arrendador señor ……………..
QUINTA: Las partes libremente renuncian al canon fijado por la Oficina de Arrendamientos del Municipio de ………….., sea mayor o menor, y se sujetan a lo dispuesto en el artículo once del Código Civil.
SEXTA: El arrendatario declara que el arrendador le ha entregado y que éste ha recibido en perfecto estado funcionamiento todas las instalaciones eléctricas, sanitarias, cerrajería, llaves y línea telefónica número ---------------- (y otras) y se obliga a entregarle en el mismo estado que los recibe y a pagar su valor en caso de pérdida o destrucción de los mismos, salvo el deterioro producido por el uso y goce normal del inmueble.
SEPTIMA: Los servicios de agua potable, gas, energía eléctrica, cable, teléfono ( otros) y el pago de la alícuota mensual de mantenimiento del inmueble serán cubiertos por el arrendatario y entregará al Arrendador mensualmente las respectivas planillas con la razón de haber sido canceladas oportunamente.
OCTAVA: El plazo de duración del presente contrato es de (mínimo dos años de conformidad a lo señalado en el artículo 28 de la Ley de Inquilinato) años, tiempo que comenzará a regir desde la suscripción del presente contrato, pudiendo ser renovado por acuerdo entre las partes en las mismas condiciones o pudiendo variar el canon de arrendamiento. La notificación de terminación del presente contrato se hará por lo menos con noventa días de anticipación a la fecha de expiración, caso contrario se entenderá automáticamente renovado.
NOVENA: El arrendatario queda expresamente prohibido de subarrendar el inmueble arrendado o traspasar los derechos sin previa autorización del Arrendador. Tampoco podrá dar otro uso que el acordado al inmueble de conformidad con lo determinado en
DÉCIMA: El Arrendatario entrega la cantidad de …………….. DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA , en calidad de garantía por el buen uso y mantenimiento del inmueble arrendado, valor que será devuelto contra entrega del inmueble en las mismas condiciones que recibió, con la entrega de las planillas de servicios y condominio debidamente canceladas, en ningún caso este valor se acreditará como pensiones de arriendo y de este valor se puede descontar el valor que cubra los daños ocasionados en el inmueble.
DÉCIMA PRIMERA: Las causas de terminación del presente contrato son las determinadas en el artículo 30 de la Ley de Inquilinato.
Las partes renuncian fuero y domicilio y se someten a los jueces competentes en esta materia de la ciudad de …………………... y al procedimiento SUMARIO, de conformidad con lo que establece el artículo 42 de la Ley de Inquilinato o al procedimiento MONITORIO, de conformidad a lo que establece el artículo 256 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, de acuerdo al caso.
Para constancia firman por triplicado en el lugar y fecha señalados.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO.
C.C. C.C.
NOTAS:
· Si el canon mensual es mayor a un salario básico unificado del trabajador en general se debe inscribir el contrato en una Notaría Pública, de conformidad con lo señalado en el numeral 37 del artículo 18 de la Ley Notarial, en un plazo máximo de treinta días por mandato del artículo 29 de la Ley de Inquilinato.
· Si se trata de locales amoblados se debe anexar al contrato el inventario de muebles con la determinación de su valor y uso conforme lo determina el artículo 24 de la Ley de Inquilinato.
PROMOVEMOS PRINCIPIOS Y VALORES
Sabiduría, Justicia, Templanza, Magnanimidad.
AMISTAD. - Afecto personal, puro y desinteresado, compartido con otra persona, que nace y se fortalece con el trato.
DINERO. - Medio de cambio o pago aceptado generalmente.
TRABAJO. - Esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza MATERIAL, el capital, en contraposición a la riqueza ESPIRITUAL.
MORALIDAD. - Conformidad de una acción o doctrina con los preceptos de
la moral.
QUE ES EL ABUSO DE CONFIANZA. - Abuso consiste en engañar o perjudicar a alguien que, por inexperiencia, afecto o descuido, le ha dado crédito.
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL DEL ECUADOR
Art. 187.- Abuso de confianza. - La persona que disponga, para sí o una tercera, de dinero, bienes o activos patrimoniales entregados con la condición de restituirlos o usarlos de un modo determinado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. La misma pena se impone a la persona que, abusando de la firma de otra, en documento en blanco, extienda con ella algún documento en perjuicio de la firmante o de una tercera.
DIFERENCIAS ENTRE AMISTAD Y ABUSO DE CONFIANZA
Las personas deberán ejercer con responsabilidad sus derechos, evitando conductas abusivas.