La Democracia es lo contrario de una dictadura que es un gobierno que viola la legislación vigente y no acata el ordenamiento jurídico.
Significa, gobierno del pueblo, acuñada por los atenienses, aparece en los escritos de Heródoto. Los derechos de ciudadanía se limitaban a los ciudadanos varones, adultos, libres (no esclavos), nativos de Atenas.
La dictadura del proletariado, por ejemplo, estaba basada en las ideas marxistas y era un credo que perseguía a aquellos que se aferraban a otras ideas políticas pero que era tolerante con el proletariado y el campesinado. Su diferencia con el resto de las dictaduras existentes hasta el momento, era que en este caso la hegemonía estaba de acuerdo con las ideas de las clases más desfavorecidas, uno de los recursos mas utilizados por las dictaduras para imponerse es la violencia y los abusos de autoridad se caracteriza por la falta ALTERNANCIA en el poder y de pluralismo político y por vulnerar los derechos y libertades civiles de la población mediante su control autoritario.
No obstante, “dictadura” es un término tan amplio que abarca sistemas políticos tan diferentes como el de Corea del Norte, la Alemania nazi, la España franquista o la actual Arabia Saudí. Esto genera controversias y diferentes categorías: dictaduras personalistas o de partido; dictaduras fascistas o comunistas, en función a su ideología; dictaduras militares, civiles, familiares, monárquicas… Y también dictaduras autoritarias o totalitarias, según su control de la población.
Actualmente, todo mundo vota y opina de las cuestiones locales, nacionales e internacionales, como se puede deducir no era lo mismo que ahora la "democracia", como no igual un estado esclavista, feudal, capitalista, o liberal, o de ideas socialista -comunista. Dentro del comunismo, existen el marxismo-leninismo, el trotskismo, el maoísmo, etc.
Fuente: https://concepto.de/comunismo/#ixzz8bQfBQ2DO
El origen estricto del comunismo debe rastrearse en numerosas experiencias de propiedad comunitaria y gestión igualitaria. Todas ellas, que pueden ser tan diversas como la propiedad de la tierra en el Imperio incaico, la doctrina espartana en la época clásica o la comunidad de bienes del cristianismo primitivo, se reúnen bajo el nombre de comunismo igualitario.
Fuente: https://concepto.de/comunismo/#ixzz8bQg57XsC
Como se puede observar estamos hablando de dos cosas: ESTADO Y DERECHO, ¿que clase de estado tenemos? y ¿que clase de Derecho tenemos?, como diría LUIGI FERRAJOLI; ¿que modelo de derecho y que teoría de derecho predomina en los actuales momentos históricos en Ecuador?.
Lo que si es claro que la insuficiencia del Estado Liberal para satisfacer las desigualdades sociales y económicas. Que el Estado Liberal, al preocuparse de únicamente de la libertad de mercado, sobredimensionó las diferencias de carácter económico y solo facilito la ampliación de dichas brechas, eso es lo que sucede en Ecuador como en la mayoría, frente a la globalización, a un falso estado de bienestar, "del buen vivir" aunque esta forma de pensar de nuestra "democracia" así como se imagina el buen vivir no deja de ser una esperanza al tiempo que es una ilusión.
No deja de ser un modelo liberal aún una filosofía especifica, practica. Las prestaciones sociales que realizan ciertos gobernantes lo hacen de manera excepcional como un acto de patriotismo con tintes de filantropía barata.
Solo satisfacen las necesidades de los grupos de presión política mas fuertes, las fuerzas se miden en las elecciones, en la cantidad e votantes que sacaron en las ultimas elecciones, y son grupos de presión de mayorías y minorías, eso se evidencia en la ASAMBLEA NACIONAL, por lo que como expresa Ferrajoli hay que hacer una refundición del Estado.
Estoy de acuerdo con la propuesta de Luigi Ferrajoli en que se debe asegurar un Estado Social Máximo, como una nueva forma de ver al Estado de Derecho, Garantista recogido por los Estado Constitucionales donde la mera legalidad y la estricta legalidad son sus fuentes de legitimación.
El nuevo estado constitucional de derechos, como estable nuestra Constitución del 2008:
"Principios fundamentales. Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.
Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución.
Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible."
En TEORIA, nuestra Constitución es excelente, pero en la practica la pobreza de nuestra cultura política es exagerada, como así lo demuestran los representantes políticos del pueblo de Ecuador.
La primacía de lo político prevalece en realidad, frente a lo jurídico, con lo cual se echa al traste lo que se piensa, decimos de esto toda la vida, lo contrario: << "el derecho ya no es mas un instrumento de la política; al contrario, ahora la política deberá ser un instrumento del derecho, sometida en todos los casos a los vínculos normativos constitucionales">>. Va mas allá que KELSEN.
Pretende la legitimación formal y la legitimación sustancial.
Esto sucede en el momento en que el poder se origina del pueblo y no de ningún REINO.
PROMOVEMOS PRINCIPIOS Y VALORES
Sabiduría, Justicia, Templanza, Magnanimidad.
AMISTAD. - Afecto personal, puro y desinteresado, compartido con otra persona, que nace y se fortalece con el trato.
DINERO. - Medio de cambio o pago aceptado generalmente.
TRABAJO. - Esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza MATERIAL, el capital, en contraposición a la riqueza ESPIRITUAL.
MORALIDAD. - Conformidad de una acción o doctrina con los preceptos de
la moral.
QUE ES EL ABUSO DE CONFIANZA. - Abuso consiste en engañar o perjudicar a alguien que, por inexperiencia, afecto o descuido, le ha dado crédito.
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL DEL ECUADOR
Art. 187.- Abuso de confianza. - La persona que disponga, para sí o una tercera, de dinero, bienes o activos patrimoniales entregados con la condición de restituirlos o usarlos de un modo determinado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. La misma pena se impone a la persona que, abusando de la firma de otra, en documento en blanco, extienda con ella algún documento en perjuicio de la firmante o de una tercera.
DIFERENCIAS ENTRE AMISTAD Y ABUSO DE CONFIANZA
Las personas deberán ejercer con responsabilidad sus derechos, evitando conductas abusivas.